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Auditoría Fiscal

Las agencias tributarias tienen la posibilidad de controlar la contabilidad de los contribuyentes y las empresas. Esto se hace en forma de visitas in situ a la oficina o donde se desarrolle tu actividad profesional. Clásicamente, este tipo de inspecciones se conoce como auditoría fiscal o externa o inspección tributaria o fiscal, y coloquialmente suele llamarse “inspección de Hacienda”. Todo lo relativo a las auditorías fiscales está recogido en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

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¿Qué es una Auditoría Fiscal?

Una auditoría fiscal es, por tanto, un mecanismo que se utiliza para controlar e inspeccionar la situación tributaria de una persona física o jurídica. Consiste en estudiar con profundidad la contabilidad de una empresa o particular para conocer su situación económica y financiera real y asegurarse de que dicha empresa o particular cumple correctamente con sus obligaciones tributarias.

En una inspección de Hacienda, esta se asegura de que el particular o empresa cumpla con sus obligaciones , contables y registrales. Para ello, analiza y evalúa sus registros contables y movimientos dinerarios y estudia todos los documentos que contengan información sobre las operaciones que ha realizado el sujeto durante el año o años fiscales objeto de inspección, por ejemplo, el balance de situación, que aporta una visión clara de la situación real de la empresa, o la cuenta de resultados.

La inspección fiscal o tributaria puede llevarse a cabo por diversos motivos. No siempre se hacen porque la AEAT haya encontrado posibles errores en la actividad o contabilidad de una empresa o particular. De hecho, Hacienda también realiza comprobaciones aleatorias que forman parte de su seguimiento habitual de los contribuyentes.

Una auditoría fiscal desfavorable puede acarrear sanciones o infracciones. La Ley General Tributaria recoge en el Capítulo III la clasificación de las infracciones tributarias y las sanciones que estas conllevan según su gravedad. Por lo general, estas sanciones son económicas y, aunque muchas veces la multa es una cantidad fija, Hacienda también puede imponer como multa el pago de un porcentaje de la cantidad defraudada. Si las sanciones no son económicas, pueden adoptar la forma de suspensión del ejercicio del empleo durante un periodo de tiempo determinado.

Para calificar la infracción, la AEAT tendrá en cuenta si el contribuyente ha falsificado documentos u ocultado datos, o si ha utilizado a terceros, por ejemplo, en la titularidad de un bien, para ocultar su identidad. También juzgará si se ha recurrido a medios fraudulentos, como son el incumplimiento absoluto de la obligación de llevanza de contabilidad, la existencia de contabilidades distintas para la misma actividad y ejercicio o la tenencia de libros de contabilidad o registros falseados.

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