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Resumen de Novedades Legislativas y Administrativa en Impuestos cedidos en Aragón

Dic 7, 2022

A continuación, os queremos hablar de las principales novedades legislativas y administrativas que se van a realizar en lo que respecta a impuestos cedidos en Aragón, tanto en lo que respecta a las deducciones por donaciones.

Medidas sobre el IRPF

Aparecen dos nuevas deducciones autonómicas, y se deben a la triste invasión de Rusia a Ucrania. Estas deducciones nacen con vocación de transitoriedad, ya que únicamente se prevén para los ejercicios 2022 y 2023.

  • La deducción será de 300€ por persona acogida, con un límite de 1.000€ por contribuyente, siempre y cuando el contribuyente esté incluido en el programa de acogida familiar para los desplazados ucranianos (RD 1325/2003 y orden PMC/169/2022).
  • Donaciones dinerarias por ayudas de carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado: hasta el 20% de su importe con un límite del 10% de la cuota.

Conclusión RDG

Son beneficios modestos, más simbólicos que con real trascendencia tributaria.

PROYECTO DE LEY DE DINAMIZACIÓN DEL MEDIO RURAL DE ARAGÓN (aplicable a IRPF, Transmisiones Patrimoniales y Sucesiones):

Te enumeramos los requisitos:

  1. Residencia habitual durante el año natural de devengo y en los cuatro siguientes
  2. Cuando el beneficio fiscal se reconozca en función de la adquisición o mantenimiento de un inmueble, éste deberá radicar en alguno de los asentamientos rurales(se intenta atraer población)
  3. Cuando elbeneficio fiscal se reconozca en función de su destino al inicio de una actividad, la mayor parte del inmovilizado material deberá radicar en uno de los asentamientos rurales (excluye las inversiones inmobiliarias).

En IRPF se incrementan en un 20% beneficios fiscales que ya existían (nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivo, adopciones internacionales, adquisición de libros de texto y material escolar…)

Asimismo aumenta de 150€ a 300€ la deducción en cuota de personas dependientes, y aumenta también del 5% al 7,5% la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos.

En Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos se bonifica en cuota aplicable a la adquisición de vivienda habitual por familias numerosasdel tipo impositivo actual, que es el 60%,al 70%.

En adquisición de inmuebles para iniciar una actividad económica, del tipo impositivo general, que es un 8% o más, al 0,75%.

En adquisición de vivienda b

Se pretende un régimen de fiscalidad diferenciada, en especial, en lo concerniente a natalidad, dependencia, vivienda y emprendimiento. Hemos de tener en cuenta que la población de Murcia, que tiene algo más de 400 municipios, tiene tanta población como los municipios de Aragón, que son más de 700.

Se pretende elaborar una herramienta para catalogar los diferentes asentamientos aragoneses, y pongamos especial énfasis al término “asentamientos”, ya que se quieren catalogar ámbitos incluso inferiores al municipio.

Conclusión RDG

No tenemos mucha fe en que estos incentivos puedan luchar contra la despoblación a la que se enfrenta nuestra Comunidad Autónoma.

Medidas en donaciones en el ámbito familiar

Desde 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida (Proyecto de Ley de Presupuestos):

  • Reducción general del 100%, que tenía un límite de 75.000€ (en una o varias donaciones, o de uno a varios donantes) se eleva a 100.000€
  • El importe por donación de vivienda habitual, en los últimos cinco años no podía exceder de 250.000€, y se eleva a 300.000€