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Hacienda quiere cerrar ya la reforma del impuesto de plusvalía

Dic 20, 2017

Las escrituras de compraventa deberán probar que no hubo ganancia.
Desde que el pasado mes de mayo el Tribunal Constitucional declarara contrarios a la Carta Magna varios artículos de la Ley de Haciendas Locales, miles de contribuyentes han estado recriminando a los ayuntamientos la aplicación de este impuesto incluso en transacciones inmobiliarias donde no ha existido ningún beneficio o plusvalía.
Una vez obtenido el respaldo del Constitucional en mayo pasado, el Ministerio de Hacienda se comprometió a modificar la legislación y aclarar dos cuestiones claves en las que no entró el alto tribunal: cómo habrá que demostrar que efectivamente no se ha producido un incremento de valor y desde qué fecha comienza a operar la aplicación del nuevo tributo.
Salvo cambios de última hora, el borrador elaborado por el Ejecutivo establece un “nuevo supuesto de no sujeción al impuesto para los casos en los que el sujeto pasivo acredite que no ha obtenido un incremento de valor”.
La forma de probar esa inexistencia de plusvalía será, calculando la diferencia entre los valores reales de transmisión y adquisición, aportando, eso sí, los títulos que documenten la transmisión, es decir, las escrituras de compraventa; o bien, en su caso, “los valores comprobados por la Administración tributaria correspondiente”.
En el caso de las herencias o donde no se produce transmisión o venta alguna, Hacienda determina que se tengan como referencia los valores declarados en el impuesto de sucesiones y donaciones. Además, se modifican los coeficientes que se aplicaban sobre el valor catastral de los terrenos en función del número de años en los que se hubiera generado el incremento de valor. El nuevo cómputo será anual hasta un máximo de 20 años. Asimismo, está previsto, tal y como había solicitado la FEMP, que se graven las transmisiones efectuadas con un lapso de tiempo inferior al año, que hasta ahora estaban exentas.
Está previsto que el proyecto de ley de reforma de la Ley de Haciendas Locales entre en vigor el día después de su publicación en el BOE, si bien algunos aspectos, como la exención de tributar por plusvalía en caso de que no exista incremento de valor, serán efectivos desde el pasado 15 de junio de este año, fecha en la que se publicó la sentencia del Constitucional en el BOE.
¿Qué ocurre con las compraventas anteriores a esa fecha? y ¿serán compensados los ayuntamientos por la pérdida recaudatoria que sufrirán?
Son dos de las cuestiones que deben aclarar, es urgente que se determine cómo deben proceder los ayuntamientos, ya que se suceden los recursos y los contribuyentes que optan por acudir a los tribunales.La tasadora Tinsa ha efectuado un cálculo para estimar cuántas viviendas se habrían vendido en España a un precio inferior al que fueron adquiridas. Es la forma de conocer a cuántos contribuyentes les afectará la reforma de la plusvalía, Tinsa llega a la conclusión que un total de 550.000 casas podrían haber tributado de más por plusvalía.
INFÓRMATE Y NO DEJES PASAR LA OPORTUNIDAD DE RECLAMAR LO QUE ES TUYO.