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CAMPAÑA INSPECCIONES DE TRABAJO

Sep 21, 2016

En este punto le queremos informar de la campaña de inspección de trabajo que se avecina y los criterios que van a seguir los inspectores.
Lo más importante a destacar es que a partir de ahora los empleadores obligatoriamente deberán realizar un registro de la jornada, se realicen o no horas extraordinarias.
Este registro deberá ser diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador
La llevanza del registro se producirá por medios electrónicos o informáticos  o por medios manuales.
Se requerirá la entrega a los trabajadores del resumen anual de la jornada realizada por los trabajadores que se ha tenido en cuenta para el abono  de las retribuciones.
Una vez realizada la inspección si la empresa no cumple con el correcto registro o se perciben malas prácticas puede haber sanciones desde 626 a 6.250 euros dependiendo de la gravedad.
Si se identifica la existencia de horas extraordinarias no declaradas o si no se acredita la compensación económica o en descansos por parte del empresario puede acarrear una infracción grave.
 
A parte del tema del registro diario, las inspecciones también van a vigilar que las empresas cumplan con la normativa sobre el establecimiento de una cuota de contratación de personas con discapacidad en las empresas.
Por eso, las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad.
Por ello, dentro del primer trimestre de cada año, con conocimiento de los representantes del personal, estas empresas deberán enviar a la Oficina de Empleo del INEM de la provincia que tengan su sede social, así como a las de las provincias donde tengan sus Centros de trabajo, relación detallada de los puestos de trabajo ocupados por trabajadores minusválidos y de aquellos que por sus características queden reservados a los mismos.
El incumplimiento de tales obligaciones constituye infracción grave.